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abril de 1408. Para remediar tales excesos y precaver eseandalos re novo lo dispuesto anteriormente, anadiendo que en adelante iodos euantos se mostraran rebelles serian considerados reos de leSa majestad, amenagandoles Con la pena de m uerte si despusis de haber ineu-rrido en Au indignae ibia, no abandonaban en et t6rmino de dieg dias lacludad, villa, o iugar londe cometieron et delito. y dentro de lostreinta siguientes los dominios de su eorona. et Y para evitar tota oeaSion de notorio escandalo, decia, rogam OS, requerimOS y exhortamos en et Senor A todos y si eada uno de los arZobispos, obispos y demsis prelados eXiStentes en nuestros dominios a quienes de algun modo alapa lo dis- pueSto, que Si alguno errara en eSa materia de manera que fuera neceSario proceder contra sit inquisitorial mente, no permitan que la talinquisicion se haga por los trailes de la Orden de Predicastores, por
roinaclo de Pedro IV, bien puede decirse que tuVo tetig coronamiento en tiempo de D Martin. Nadie se interes6 eomo sit por la gloria de laVirgen Santisima. Muchos fueron los principes que se distinguierondefendiendo los privilegios de la Maure de Dios; pero dificii mente se
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original do Maria Santisima. Esa curta la escribieron et 7 de noviem-bre de 1415, y adjunto te mandaron uri breve tralado Sobre la concep-ei6n. Recorusindole ouanto habian dicho et ano anterior volvieron Aeseri bir et 16 de dictembre de 1416, y para desVanecer las dudaS quepudieran haberse levanta io en Ru sinimo, te enViaron un Segundo tra-tado de concordia opinatae eontradictionis in dictis beati Thomae. Insistieron todavia al ano siguionte, y en 18 de margo 1417) lo diri-gieron Otra carta, in eual emptoga eon la sentencia de la Eseritura Sagrada funiculus tripleae dispicite rumpitur, dando si entender quesiendo ya tres las Veces quo te escribian Sobre et mismo usunto, disi-cilmente lo olvidaria, antes bien era de esperar, que Valisindose de Suinflueneia trabalaria para llegar a la Veneraei6n universat de eSe misterio. LOS espadoles, y de un modo espectat et Rey de Arag6n con ioseolrades de Barcelona, se Ve quo inueho antes det Concilio Basiliensetrataron de hacer estensiva la fiesta de la Purisima Concepeton si tostala Iglesia. LaS palabras cum quo Pastore praedictam celebrationem ad perfectam conclusionem deducatis, et doti universali Ecclesiae mandetis ipsam perpetuo observandam que eterran una de las eartas etladas, declaran ego lo bastante. Si por entonees no lo consiguteron, at menOSSUS eSfuerZOS eontribuyeron pOderosa mente si obviar las disseultates y facilitar las vias, para llegar si conseguir et mas Senalado triunso queen et sigio XV aleangaron los defensores de la Inmaeulada. Al Eaber los cofrades que se tralaba de celebrar un Concilio gene rat, Volvieron si escribir at Emperastor con fecha 16 mayo de 1425reeOrdsindole las eartas ya men elonastas. y at miSmO tiempo excitabanSu deVOcion, para que eon Santa y Vigilante deligendia aleangara dela futura aSambi ea un decreto mandando celebrar On toto et orbe
cat6lico la flesta de la Inmaeulada. Tomando por base las palabras dela Salutaei6n Angsilica: Ave Maria gratia plena, alargaron ta earia explanando la doctrina que Sostiene la purega original de la Virgen SantiSima, y no satisfechus avn, te mandaron un traludito De posibi. litate ac congrua necesitate Purissimae Conceptionis, Virginis Matris Dei. En Julio do 1431 le volvieron si escribir instando SObre lo mismo, y fundandose en algunas conelusiones uel Angsilico Doctor Santo Tomas, robusteeidas con la autoridad det gran Ρadro San Agustin, respecto A la gracia original de los fingetes y de nuestros primeros padres, te haeian Ver euan absurdo era pen Sar, que la destinada paraser Madre de Dios y quebrantur la cabega de la Sorpiente les era inferior en et orclen de la graeia, quedando Sujeta a la culpa original, iiijado ira y enemiga det Altisimo; la quo ab aeterno susi et objeto de sus complaeencias. Ya se habia reunido et Concilio de Basilea, cuandolos cosrades de Bareelona escribieron al omperator Segismundo laultima earia inserta on et Libro de la Cosi adia. Ella iuvo por objeto hacerte Saber, como la defensa quo hacian en tu eomunieneisin anterior, fundandose en los principios de Santo Tomas, habia Sido combalida, si Dj0jtjgsd by OOQ le
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et dominico, que pensaba de muy dilerente manera, te dirigi6 algunas palabras, dandole si entender que no ora cierto euanto habia dicho sobre la purega original de la Madre de Dios, originandose de alii en ire ambos una reyerta que eseandaliz6 mucho A los fletes. Los C6nsules de esa villa en Veκ de eum plir Ias ordone8 y oponerse Sin contemplaciones de ningun gsinero si los que de alguna manera defendian laopini6n contraria, con menOScabo de la autoridad y escandalo de lasalmas piadosas, tuVieron et mal aeterio de resolver et conflicto deliberando, para en adelante, que et serm6n de la Inmaculada se prediearapor los Irailes dominicos X franciscanos, alternando eada ano. Cuando este aeuerdo lleg6 si Oidos de la Reina, les escribi6 desue Bareelona, con fecha 3I do enero 1437), manifestandoles su deSA grado, vorque bien sabgis, les decia, que ἰα Orden de Predicadores es ἰα unica en elorbe que manliene tan falsisima opinion, por Io que es de presumir dirata Virgen Maria a su nil estro Senor Iesucristo: Confundantur qui me persequntur et operiantur confusione. . Tambisin despacho letras para tos Oficiales reales de esa villa confirmando lO dispuesto por sus
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mayores, imponisindoles la multa de dieZ mii norines de oro si eranremisos en cumpliri O, Y deseando tener notietas fidedignas de to oeu-rrido entre Fr. Agustin y Fr. Andrsis, les mand6 tomar declaraeiones, y escritas enViarias si Bareelona, para con aeterio resolver lo que Insis conViniera. Tambisin en Gerona hubo negesidad de imponor silencio Alos en emigos de la pia creρneia, y et dia 3 de dieiembro 1438ὶ oseribi6al Brago Real de esa eludad, para quo de nuevo publicaran los edictosy cuidaran de su puntuat observancia si). En dictembre de 1431 se abri6 et Concilio de Basilea , y uno de los principales punios que ilamaron la ateneton de los patres fusi et de laConcopel6n Inmaeulada de Maria Santisima, origen, en aquei itemso, de aestioradas disputas. Cuando lleg6 et momento de tratar esa delicada materia, fueron eseuehados los argumentos adueidos por los maestros de tu parto contraria, distinguisiniose por su tens Z opOSici6n olΡ. Fr. Juan de Montenegro; mas at 1in, examinadas las ragones des ambaS partes en largas discuSiones, y eonsiderando alendibies lascontinuas instanetas de nauehas almas devotas, los padres en ta Seston XXXVI declararon: eque la doctrina que dico haber fido la Santisima Virgen conoebida sin peendo Original, en Virtust de una graeia Singular, permanectendo Riempro Santa si inmaeulada, Sin manelia de pecado original ni actuat, debia tenerge por piadosa, eonforme ni stulto Belesiastico, A la to eatoliea, si la recta raZ6n, y A la Sagrada ΕSeritura, no siendo licito en adelante, predicar ni ense ar IO eontrario . Despusis et Concilio confirm6 la antigua eostumbre de celebrar osa fiesta balo et titulo de la Concepei6n et dia 8 de dieiombre, y mando si todas lasiglesias, monaSteriOS y conventos que honraran si la Madro de Dios conesa testiuidad. 2ὶ Los te6logos Espadoles no fueron en estu OeaSi6n losque menos contribuyeron at triuia O de Mitria Inmaeulada. Ellos Vindicaron eso privilegio de la Santisima Virgon Aogun eonvenia fi los representantes de una naci6n mariana por excolendia, y nun en el RSO de mostrarSe remisos, s6lo la defensa brillante que hi Zo Juan de Segovia contestando si los argumentos de Montenegro, hubiera Sidomas que Sussciente para coloenries en un iugar distinguido. Entre los varios milagros que se alegaron para confirmar la pia creencia, hallo dos sucedidos en Cataluna dignos de particular memoria. Et uno iuvo iugar en et Convento de la Merced de Barcelona eldia 8 de diei embro . nesta des la Concepet 6 n. Sueedisi que no guardAndose lodavia esst flesta como de precepto, amaso et panadero dei con- Vento Segun OOStumbre; mas at descubi ir la masa para i levaria alborno, fusi grande su eStupor at ver que se habia trans Ormado ensangre coagulada. Los padres mercedarios tomaron eSe milagro comoun aviso dei Ciolo, por medio dei cuat se les daba A entender evan gra-
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tando la conducta de los padros mercedarios, prometieron no calentar
. Dios y la Virgen Santisima han permitido quo tornara si la Vida, para
i) A pesar de que los autores habIan de ose milRgro como uti heetio sucedido en et sigIO XV, con fundamento suede con8iderarso anterior RI ano 13: 0, Dor cunnio desile esa fectia lacludad de uni colona guardo, como de precepto, Ia fiesta de In Inmaculasta. De Otro modo notione explicaci6n in promesa de cerrar Ios hornos eSe dia, circuDStancla que reflere expresa- mente in .Historia Longobardica .
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intormaesones que se tomaron, los coirades de Barcelona iuvieronouidado de repetirlas en 1489, hallandose entre los deponentes algunos ancianos que fueron testigos presenciales dei hechο 2). ΕI originalpaso a Barcelona dejando copia aut6ntica en Manresa, F como re-cuerdo fund6se en esa cludad la Cofradia de la Inmaeulada Concepcion. En et archivo que lienen los eoirades de Bareelona no existe tanprecioso documento, pero en cambio he hallado una copia aut6ntica
Et decreto de Basilea fusi causa de universal regocijo, principal- mente en Aragon, donde la discusion habia tomaclo uti eat iZ nadaalaglieno; pues si bien eareola de fuerZa por Ser aquella asamblea eis mattea despusis de reti rarse los legados det papa Eugenio IV, con todo, en nuestro Reino Se tvvo por legitima, segun lo demuestra et bandoque se di6 en Barcelona et 25 de junio de 1438, para que no Se Obede- cieran las tetras y provisiones det Papa, mientras exigia que suesenacatadas las decisiones det Concilio quo se celebraba 4). Segun Esco lano, en Au historia de Valeneia, tos habitantes de esa eludad, at regibi rian fausta notieia, anduVieron como fuera de Si Por las calles Y plagas, dando senates do la mayor alegria Y entustasmO. La reina D. ' Maria acogio luego la decisi6n stet Concilio, y en Zaragoga, et 1. ' de dieiem. bre de 1439, expidi6 una orden mandando celebrar esa fiesta en laforma decretasta por los pastres de Basilea b).La declaraeton solemne de una verdad que tanto se discutia solidi- fleo todavia mAs la lovoci6n, y loS que con tanto ardor pro urabaneombatiria, abrumalos por et asentim tento general y la cieneia de lossabios reunidos en Basilea, callaron por algun tiempo; sin embargo, no ignoraban que a quella asamblea, deSpusis de retirarse los legados det Papa y mostrarse rebelde a las intimaeiones de siste, habia caldo en et eisma, F Dor consiguiente, era nulo F de ningun Valor euanto en
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ella se decretara. Εntonoes , eon tu seguridad de que por osa parte na- die podria molestarius, njaron tostas sus miras en ganarse la Voluntadde la Regonte. D. Maria, en 1448, era tostavia partidaria de la Concep
roboZo sus Simpatias por los Irailes dominicos. Et cambio de la Reina excito A la musa populari por cuanto nadie ignoraba que un tal FrayPedro Querali. dominico, en las cortes de Villatranea habia logrado lascinaria, revistiendo la opinion falsa con las galas de su oratoria. En Bareelona se hicieron manifestaeiones de protesta, pero alentados los adversarios con et apoyo de la Regente, Siguieron adelante en Su Obra de propaganda. Aeercabase et 8 de septiembre, y sabiendo los Conso- Hores que algunos trailes dominicos se habian propuosio en los sermones habiar contra la purega original de la Santisima Virgen, les prohibieron predicar ege dia en Varias iglesias de la eludad. Aquellos. Ain duda elevaron sus quejus si la Reina, y sista, por conducto de MisserJunn Vilana, dirigist A los Conselleres una letra de creensa, pistisindoles explieueiones. Et dia 2l acusarou recibo de la carta, advirtiendo queentorastoS ya por medio de Au enVialo. mas adelante te escribtrian porextenSO. to Y et haber apa recido stos carietes con proposiciones referentes A esa materia en ta pinga δέ Stin Jaime, las mananas stet 2by 26, acab6 de encender los animos, y los resulta dos pudieran habersido funestos para los menelon ados religiosos, Si los Consellerea ν et Rogente de la Gobernaci6n at ver la multitui de gente que sis iba m
nesta que en honor de la Concepcion celebraba ta misma Iglsisia de Roma; pero todo fusi inutil. D. ' Maria no retrocedio. Et is de oelubre eseribieron at Papa. y et eneargado de redactar la carta lo higo contat maestria, que poco 6 nada deja que desear. En la primera parte deldocumento Se hallan eondensauOS los diplomas de nuestros reyes, lodomas va dirigido si conseguir un rescripto prohibiendo a los Irailes dominicoS predicar contra la Inmaculada Coneepci6n. Sin psirdida detiem po eScribieron al rey D. AlfonSO, y entre otras cosas te decian: αΕ esceri que VOS Senyor molt victorios enseguini los vestigis deis diis Illustres predeceSSOrS VOStres per gracia det altisine haveis tengula e tentis aquella Sancta oppinio que la dita sagrada mare de deu fou nota dulpeccat original e tota los vostres potiles almenys en las partS Occidues foren e SOn Sempre de aquella sancta oppinio. E la memoria deis vivents no ha Vist lo contrari. Ε a queli mateix sentiment ne Iou haud en to con
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celi de Basilea per tans notabies doctors e altres scientifichs en totes sciencies qui alla erin. E som informais que quant alguns son decorataen to studi de paris de magisteri en theologia han a iurar que seran denquella sancta oppinio e que la saneta Agleya Romana la festa de ladita beneita concepeio. Ε ara senyor molt excellent en dies no ha molt temps passais un appellat fra pero querali det orde deis prehieadors devant la serenissima Eenyora Rey na e altras diverses gentes no haduptat prehicar lo contrari qo es que la beneyta mare de deu fou con- cebuda en peceat originat. Ε apros alguns dei dit orde de prehi cadors sequaces dei dit fra querati no dupten de la inmaeulada e pure con cepcio de la dita humil verge predicar e ter arguments e que Iou teea da de peccat originat. Ε no res menys han induhida a itur oppinio ladita senyora Reyna de les quais coses los pobles per devocio que hana la dita mare de deu aletais e nostriis e sempre vivenis en ta dita Sancta oppinio se Son molt seandalizais en los diis frares de prehiea- dors arbitranis per aqvestes eoses fer saerifiei austeu. Ε nosalires SenyOrmolt Victorios duplans que de aςO nos seguesquen granS ScandolS. Per ἰO molt ait e molt exeellent senyor notitneant a Vostra gran Senyoriales dita eosea tan humilment eom podem Vos supplicam que Vullais prohibir e manar que los diis trares de prehicadors es altros quaiseVol PerSOneS no preliquen ni diguen alguna eosa en derogaeso do la dita
las provisiones det Papa y det Rey, las pustera en et eorreo Sin dem Ora. LOS Conselleres, no cludando que los en emigos de la Ρurisima Concepei6n tralarian de combatiria precisamente en et dia que los devotoseelebraban su fiesta, deseaban Vivamente Obtener respueSta para et 8 de dieiembre; por ego te advertis n: quod habeamus illas provisiones)ante proaeime instans natum beate concepcionis prelibate virginis dei genitricis cum ait multum necessarium s2J. Cual fusi et resultado de estus cartas, lo ignoro. Ssi que los Conselleres, para mayor Seguridast, Volvieron si escribir et 4 de noviembre 33, mas no he podido averiguar euando y en quo sentido fueron contesta-das. LO cierin es que D.' Maria, eserupulosa al fin de sus dias, y eOΠ- Verti da en juguete de algunos que lograron dominaria, eon una Veleidad
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alego para obrar de esa manera no podia fer mas frivola: porque no es de nuestra incumbencia, decia, eaeaminar ni juagar opiniones defendidas por teologos eminentes. Acaso, iera ella la q'o decidia en una
causa susscientemento ventilada por Ios que te habian precedido3 ENO fusi ella misma quien, para justificarse, a leg6 en 1437 los diplomas de
Εl ultimo decreto de la Reina enValenton6 A los que habian inicia-do la reaceion contra io decretudo en BRSilea; pero, como no podiamenos de sueseder, la libertast de predicar contra la purega original dela Virgen Santisima les duro mientras duro et poster de la Regente. En agosto de 1454 ees6 en et mando la Reina D. ' Maria, y empego A gobernar et infante D. JuRU, Rey de NaVarra, eomo Lugarteniente de D. Alfonso, que tostaVia seguia en Italia. Con et advenimiento de D. .Iuan se troe6 et Orden de eoSas, y ΠΟ 86lo se pusieron en vigor los edictos favorabies a la Coneepci6n, Sino que pasando mas adelante Setrato de dar si la ley un caracter permanente. ConVOeadas por elnuevo soberano las eortes eatalanas 1454-1458), llego el 9 de abril de 1456, y al tanido de la campana mayor de la Seo de Bareelona se ibancongregando en ta Sala capitular los tres brugos de Cataluna paracelebrar una de tantas sesiones bajo la presistencia det Regente. Et clero, in noblega, y et puebio tostos estaban alii representados. Des pusis de haber las Cortes Osrecido a la Corona, en arras de Su lealtast, unsubsidio de cvatrocientos mit norines de oro, se levant6 et Iimo. senor
D. Juan Margarit, Obispo de Elna para en nombre de los alli congregados dirigir la palabra at representante det Rey. κΜuy Atto Y muyΕxcelente Senor, dijο, la presente Corte, agradeciendo si Vaestra gran Excelencia la aceptacion de la sobredicha oferta y la Voluntad quemuestra hacia este Principado, suptica si Vuestra Majestast que lievado
de tan buenos deseos se digne tomarnos bajo su espectat proteocion, como si vasallos que desean mucho servir si Vuestra gran Senoria. Suplican asimismo estas Cortes si oestra gran Excelencia, que eon loable aprobaei6n y consentimiento de las mismas se digne Otorgar una
