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latina Forsim muy ajus ada por la asona laesa, quetiene con et corrupto; pero porque ayan uama-do nuestros Esipanoles a las Leyes dei Fuero antiguo de los Godos, Fuero juago , es et assunto deeste Capitulo , donde procurare con breved addar una exacta noticia, a fin de que se concibala mas genuina inteligeracia. 3 A rodas las Leyes, que e stan en et Libro Uz los Jueces, que comienaan deside Eurico hasta et ultimo Rey Don Rodrigo , segula quiere Ambrosio de Morales, te ita inamos comunmcn-
yasi, corromplendo las voces latinas de Forum Iudicum, dixeron , Fuero juZgO.
lo que dice Alfionso de Villadiego , que en et findet Libro, o Quadorno de las Leyes dei Fueroesta Ia ligulente expressiton : Aquis nec et Li
o, es mas convenientellaniarie asis que no
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Isidoro de dicha Cludad, en et Sepulcro dei misemo Rey , donde se expressa , que dio Don Alon iso a aquella Cludad buenos Fueros. Θ Assii dice et docto Ambrosito de Morales; α) que a las Leyes, que Oy nos tros liamamos dei Fuero , no son los Fueros de Leon , ni ay que daries esten Ombre, sino et de Libro de los Jue ces: esto es, Liber Judicum pero Ia Vemos, quetodos te ilaman Fuero antiguo de los Godos, Iassi se halla esserito en los rotulos de los Libros, que contienen las Leyes Goticas: y esto me per suado ha procedido con et fili , de uiae se hagadistincton de los demas Fueros, que fon moder
6 No me parece, que tengo eVacuado mὶ intento , con to que hasta a qui he referido: aunnae queda la ethimologia de la voet Forum , o Fu ro. He dicho , que los Espanoles liama mos a lasLeyes Fueros: mas de donde aJa dimanado , eranecessario preguntario a los que lo dixeron , para saberio con realidad ; pero servira en este calo laconstetura , para deducis et fundamento.
Don Josepli Pellicer en et Aparato a laMonarquia de Espana, 3) hablando de las Leyes, oue trae Platon en su Athlantico , dice , que fue
a ron Σὶ Ambrosio de Morales lib. I 2. cap. 2 o.
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u tis detineadas eu et Athlautico de Platon, queacaso de δε nombre duro et Eama, se Fueros las L es, Phoros hs Tribunal es. Avista de esta autoridad de Pellicer parece , que pudiera congeturariC, que ilaniar los Espanoles a las Leyes Fueros, provino dei antiquissimo Legislador Phoro, por otronombre Neptuno; pero no es assi. Quatquierareconocera , que es uia poco dificii dar assenso a O reTerido , V auia por esto misi no se precautelo Pellicer con et acaseo. 8 Menos puede congeturarse la Ethi mologia de forum a Phoroneo, que trae S.Isidoro, in quienafirma, que Forum se ilamaba et iugar, donde se substanciaban losPleytos: que proviene dei verbo fundo odet Rey Phoroneo, que De et primero, que dio Leyes a los Griegos: porque esta Ethimologia de i Santo Doctor esta muy mal reci bida ; vcon erecto la impugna Andrὸs Alciato, se) te
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i o 6 Libro Segundo de la Historia
cede dei verbo fando , ni det Rey Phoroneo , sino
que proviene de la causa , ley , y juicio ; por cu-yo motivo reputa por falsas , y pGco ingeniosas las palabras de San Isidoro : porque no se encuen tra en et mundo, que et nombre Forum , significando lo dicho , se halle en genero masculino, ni ninguno de los antiguos lo di xo: y duda Alci to , que si Papiniano , y otros Jurisconsultos hu-Vieran Oido una voa tan bar Dara, no hicieran
buria de ella , pues su ethimo fari a fando es largo , y breve et Forum: 6ὶ con to quat concluye, no pu ede ser ver dadera la ethimologia de Forum a fando , porque et uno es largo , 7 et Otro es bre ue , se guia su ethimo 9 Menos dice et cita do Alciato, 7ὶ que voet Forum desciende det Rey Phoroneo , porquς
este Monarca no tu vo tal nombre entre los Grie' os, que de ei dixesson Forum: pu es ellos a fir di man, 6) Verba I Adori, quam falsa snt , nemo arbitror doctus
ignorat, in primis ubinam gentium reperitur Forus maf- culino gemere hoc in signi Patu Z Nemo enim ex antiquis hoc dixit , nec disito, I Papinianus, aut alij jurisconsulti ita diei audirent, quin barbaram Vocem de ridiculo baberent, despuerentque , sed etbimus ipse ni bito me ius, fari primam producit forum corripit. Alciatus loco cita ty. 7) A Phoroneo vero di ium quid credana Cum Phoro- meus Argivi Regis nomen id apud suos Argivos non obtinuerit, ut de eo nomine forum dicerent apud veteres Gracos cum trIbu tum ignisicet. Alciatus loco citato.
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man , ί8) que Fo um es et iugar, donde sie celebrankis Ferias, y Mercados, como assimissilio donde es an los Magistrados, y no Fuero, porque et Forus Latino en Griego φορας significa Tributo, tegun los antiguos de esta Nacion. 1 o Assi dice tam bien Alciato , ρὶ que semara villa de ver, que uia hombre tan erudito como fue Philadelpho , huviesse ad mitido la Ethi mologia de San Issidoro, yno sit gulera a Marco arron, que ensu libro primero de la Len ita Latina astrina , que Forum se dice dei verbo sero,porque at misimo iugar llevan los Litigantes sius
Cyros, como los Comerciantes aquello . que quieren vender. 11 Confiesso , que he visio algunos Auto res, y de los mas peritos en este punio, y todos 1 e conformata con L censura de Alciato ; pero Vono me conformare jamas con la mordacidad deella , pues auia no ha pu esto mi pluma lo que eL,im sv d masiada offadia, porque i los Santos Pad res se debe tratar con la veneracion, quo me-rece su santidad , y e special doctrina.
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11 Por esto mismo creere, que los Autores,
y en particular Alfonso do Villadi ego , Io) erra ron , afirmando , que la palabra Forum viene det Reu Phoroneo , por haver sido et primer Legis lador de los Griegos: con to que se descubre, queseguli et citado Autor, y otros muchos, et haverse las Leyes ita mado Fueros, pro vino det ReyPhoroneo: y por esto tam bien se deduce , que nipor acino como dice Pellicer) se pue de veri sicar, que las Leyes se ilamen Fueros, J Foros los Tribunales det Rey Phoro, por otro nombre Neptuno. Creere, si, que nuestros Nacionales si
guteron ia ethimologia de Forum a sero , tegunMarco Varron , y que determinando se los Ple tos por las Leyes, que lievarian a los Jueces , a lamanera que o y las licvamos para tos Informes,
dixeron Fueros a las Leyes, que citaban a favorde sus Pleytos. Esto me parece ser lo maS conveniente en este punio, salvo et mas acertado con
1 o) Rursus , re secundo sorus 4 Pboroneo Rege, qui primus te res Graecis tulisse fertur , ut Uendit Divus I orus lib. Albimo rarum relatus in cap. Forus de Tereor. Agm sicat. γin cap. Μ'siis di nt. 7. Alphonsus de Villadieg. in Proemio Legum Fori Gotbor.
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L es det Fuero det Latin es Castellano,
Capitulos, pues es impossibie deci r en poco, mucho. Et Laconismo no esta aquice nido a lo breve dei discurso, sino at fundamento de to habia do. Tal veZ se requiere mas tiempo, y mas escrito para demostrar uti intento. i) Por esto licita μmente e spero, que si fuere larga la narrativa, en- contrara disculpa en et discreto. 1 Alfonso de Villa siego, celebre Commentador de las Leyes de et Fuero de los Godos, antes de poner uia Elenco de los Legisladores de ellas, hace algunas advertencias, y afirma, queel Libro dei Fuero, y todas sus Leyes sie esse rivieron at principio en latin, y despues se trafladaron en et romance antiguo, que aora lienen. χὶ
O Dra i si prima repetens ab origine P Ugη,
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IIo Libro Segundo de la Historia
Sobre esta antigued ad det romance me ha pare-cido di ficultar alguna cosa, porque no es licito omitir una proposiicion , quz puella argumentarser et Castellano , en que es an traducidas las Leves dei Fuero , et misino, que se habio des de laprimitiva Poblacion de Espana , y una de las se- tenta y dos Lenguas, que se repartieron en et mundo des ues de la division de las gentes, como quiere Don Joseph Pellicer en su primitiva Poblacion , y Lengua de Espana, 3ὶ donde pretende practica mente demostrar , que et romancede las Leyes det Fuero acredita la antiguedad denuestra Lengua, y que de et se evidelicia ser laque iuvieron nuestros Espanoles deside su primera
3 Pero silendo et total apoyo de Pelliceret Manuscrito de las Leyes dei Fuero , at que da, mil anos de antiguedad, dire pri mero lo que ayen esto ; y despues se examinara , sit pia ede ser quela Lengua Castellana se juague tan antigua , y enella este hecha la traduccion, que Villadlego ex pressa. supongo , que et Manuscrito , que se cita , no puede ser Orro , que et quo liene la Santa Iglestia de Toledo , que en concepto de lodos eset
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et mas antiguo, que he Visto se halia entre los quesecuentan. De este dice et erudito Ambrosio de Morales, que es muy antiguo , pero no determina cierto item po a su antiguedad. D. Joseph Pellicer, con et intento de justificar, que et romunce , en que esta traducido , es et de la primitiva Lengua Espanota , quiere que tenga nati vcien anos, porque cree , que se laizo la traduc-cion et ano de sciscientos y tre in ta y tres de Christo en et Concilio quarto de Toledo, entiempo det Rey Sisenando, como conita det Epigrase, que esta sobre et misimo Libro ; mas esto
nos lo assegura Alfonso de Villadi ego, a qui en elcita. Lo que dice , es: T par qtie mejor pudiessenser enterulidas , I guardadas , fueron traducidas ense romance antiguo de aquellos lienipos , como en ellus
parece. Que tiempos fueron, no sie fabe. Que latia luccion no se hizo en et det quarto Concilio Toledano , es muy cierio , porque si ay en et Libro dei Fuero Leyes de Flavio Egica , ante penultimo Rey de los Godos, y estas estin traducidas como es possibie, que se hiciera la traduccionantes que huviesse las Leyes, que sic traduxeran Θon que esta mani fiesto, que no puede tener uel romance init y cien anos, como quiere Pe-iςς cierto , que se hizo dei Latin at Caste
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llano despues de la ultima compilacion de Flavio
Egica 1, mas en este assunto dire con mas exten
sion to que ay , ba blando de la compilacion he cha por et Rey Sisenando. s Lo quo Jo jurgo, es, que las Leyes estu vieron en latin hasta et item po de los Condes de Castilla , y que deside et ano de nove cientos a milse hizo la traduccion de ellas: lo primero, porqueat tiempo de los Jueces de Castilla se jungabantos Pleytos por estas Leyes: y ay tradiccion , quoen Bijaeces , Lugar de Castilla la Vieja , se conserva , O conservaba un Portico, donde se sentaban los Jueces a determinar los Pleytos , y alli venian iodos a pedir justicia. 6 Esto consta de la noticia , que se balla aptiniada sobre et Manus crito de las Leyes delFuero , que liene la Real Bibliotheca de nuestro Catholico Monarca Don Phelipo Quinto. Ade-masio he visto comprobado por la autorid addet Padre Juan de Mariana , de que laare e pectat mencion en et Capitulo primero dei Libro tercero , donde tratare con mas individualidadeste punio. Lo segundo , porque noto , quz ea et Concilio de Coyanca , celebrado et ano de mily cinquenta , se ilamo este Libro dei Fuero Libro de los Iu eces: esto es, por haver usiado de et log
